ENTRADA EN VIGOR DE MEDIDAS QUE REGULAN LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN DE LAS PERSONAS LGTBI
ENTRADA EN VIGOR DE MEDIDAS QUE REGULAN LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN DE LAS PERSONAS LGTBI

RECORDATORIO ENTRADA EN VIGOR DE MEDIDAS QUE REGULAN LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN DE LAS PERSONAS LGTBI que complementa la Ley 4/2023 de 28 de febrero. Entrada en vigor de la medidas del RD 1026/2024 el 9 de octubre de 2024.

El pasado 9 de octubre se ha publicado el RD 1026/2024 por el que se desarrolla el conjunto de medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas, teniendo vigencia desde el día siguiente a su publicación, es decir desde el 10 de octubre.

Este Real Decreto es de obligado cumplimiento para las empresas de +50 trabajadores en su plantilla.

Para el resto de empresas con menos de 50 trabajadores será voluntaria su aplicación, recomendando no obstante que se cumpla con las medidas.

Para el cómputo de plantilla recordamos que se tiene en cuenta todos los centros de trabajo que tenga la empresa, y su suma es la plantilla total a efectos de saber si está o no obligado a cumplir con el Real Decreto y la Ley 4/2023. Igualmente se tendrá en cuenta para el cómputo los contratos temporales de duración determinada que hayan estado vigentes en los seis meses anteriores, aunque ya no estén vigentes en el momento del cómputo.

El incumplimiento para las empresas obligadas a tener un plan de igualdad y no discriminación así como el no cumplimiento de las obligación de este Real Decreto pueden suponer para las empresas sanciones que van desde 200€ la leves en su grado mínimo hasta los 150.000€ en caso de infracciones muy graves además de sanciones accesorias de denegación de subvenciones, acceso a las mismas, contratación con administraciones públicas ..etc (artículos 79, 80 y ss de la Ley 4/2023 de 28 de febrero para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

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