Modificaciones en el Reglamento del IRPF: Nuevas asignaciones para gastos de locomoción
Modificaciones en el Reglamento del IRPF: Nuevas asignaciones para gastos de locomoción

A partir del 17 de julio de 2023, se han introducido cambios en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (RIRPF) que afectan a las asignaciones para gastos de locomoción. Estas modificaciones, establecidas en la Orden HFP/792/2023 del 12 de julio, tienen como objetivo actualizar las cantidades exceptuadas de gravamen destinadas a compensar los gastos de locomoción de los empleados y trabajadores que se desplacen fuera de su lugar de trabajo habitual

Estas modificaciones buscan incentivar el uso de vehículos particulares para desplazamientos laborales y ayudar a compensar los gastos asociados con ello.

Es imprescindible que los empleados y trabajadores justifiquen adecuadamente sus desplazamientos y los gastos incurridos para poder aprovechar estas nuevas excepciones fiscales.

Cabe recordar que la cuantía no se había modificado desde el año 2005.

En concreto, se ha modificado la letra b) del artículo 9.A.2 del RIRPF. Anteriormente, la cantidad exceptuada de gravamen para compensar los gastos de locomoción era de 0,19 euros por kilómetro recorrido. Con la nueva modificación, esta cantidad se eleva a 0,26 euros por kilómetro. Sin embargo, para poder beneficiarse de esta excepción, se debe justificar la realidad del desplazamiento.

Además, se ha establecido una nueva excepción de gravamen para los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen, lo que brinda a los empleados y trabajadores una mayor cobertura en sus desplazamientos laborales.

Asimismo, la letra a) del artículo 9.B.1 del RIRPF también ha sido modificada. Para los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo derivados de relaciones laborales especiales de carácter dependiente, y cuyos gastos de locomoción y manutención no sean resarcidos específicamente por las empresas a las que prestan sus servicios, se ha elevado la cantidad exceptuada de gravamen de 0,19 euros a 0,26 euros por kilómetro recorrido.

En conclusión, las recientes modificaciones en el IRPF ofrecen una mayor exención de gravamen para los gastos de locomoción, proporcionando a los contribuyentes una ventaja fiscal adicional y fomentando así la movilidad laboral eficiente y sostenible.

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