ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA PROCEDER DE FORMA VOLUNTARIA A REGULARIZAR LA CUOTA DE AUTÓNOMOS DURANTE EL AÑO 2023 – PROS Y CONTRAS –
Con la entrada en vigor de la nueva cuota de autónomos en función de los ingresos reales muchos nos preguntan si es conveniente o no proceder de forma voluntaria durante este año 2023 a regularizar la cuota en función de los ingresos previstos durante todo el 2023.
Antes de proceder a enumerar los pros y contras que a nuestro entender supone hacerlo de manera voluntaria hay que tener en cuenta lo siguiente:
1.- La seguridad social hasta junio de 2024 no va a tener los datos de ingresos reales de los autónomos para poder calcular de oficio la cuota que les corresponde desde el 1 de enero de 2023. Esto es debido a que la normativa establece que se tendrán en cuenta los ingresos obtenidos durante el ejercicio 2023 y esos datos los obtendrá de la AEAT cuando los autónomos declaren sus ingresos del 2023, esto es en la declaración de renta del 2024.
2.- Es a partir del verano del 2023 cuando la seguridad social podrá comprobar si la cuota de autónomos abonada durante el 2023 coincide con los ingresos reales.
3.- Si se procede voluntariamente a regularizar la cuota durante este año podemos encontrarnos con que al final del año los ingresos previstos sean inferiores a los pensados y tener que solicitar a la seguridad social la devolución por ingresos indebidos.
A FAVOR DE REGULARIZAR:
1.- No tener que pagar en una sola vez las diferencias que se obtengan una vez se cierre el ejercicio 2023 y se sepa realmente si la cuota abonada se corresponde con el rendimiento obtenido real.
2.- Al regularizar la cuota el gasto será deducible del IRPF en ese mismo año.
3.- Las posibles prestaciones que se pudieran tener durante el ejercicio 2023 serían ya con la nueva base de cotización,
EN CONTRA:
1.- Si la cuota abonada resulta ser superior hay que solicitar la devolución y dicha devolución además del tramitarla tiene como requisito que se este al corriente en la seguridad social.
2.- AEAT no ha establecido todavía un criterio claro de que pasa si se ha pagado de más o de menos en cuanto al gasto deducible. A día de hoy el gasto deducible es lo que se pague de cuota de autónomos, si a posteriormente, es decir en el ejercicio 2024 se le devuelve parte de lo pagado por exceso o se le requiere para pagar la diferencia se deberá contabilizar en el ejercicio 2024 no en el 2023.
3.- La regularización no es inmediata, es decir se ha establecido unas ventanas para hacerlas, hay que tramitarlas con el coste y tiempo que eso conlleva, en concreto seis ventanas:
- Del 1 enero al 28 febrero: cambio de la cuota el 1 de marzo.
- Del 1 de marzo al 30 de abril: cambio de la cuota el 1 de mayo
- Del 1 de mayo al 30 de junio: cambio de la cuota el 1 de julio
- Del 1 de julio al 31 de agosto: cambio de la cuota el 1 de septiembre
- Del 1 de septiembre al 31 de octubre: cambio de la cuota el 1 de noviembre
- Del 1 de noviembre al 31 de diciembre: cambio de la cuota el 1 de enero
4.- A día de hoy la seguridad social no ha comunicado que se vaya a poner un recargo cuando se regularice de oficio las cuotas del 2023, lo único que ha comunicado es que cuando se proceda a la notificación se dará un plazo de un mes para proceder al pago de los atrasos, en un único pago.
Consideraciones finales:
A fecha de hoy, y hasta que el sistema esté totalmente automatizado el proceder a regularizar voluntariamente comporta que las bases para posibles contingencias sean más reales de acuerdo con lo que se venía cotizando, pero en contra se abonará una cuota mayor (en la mayoría de los casos) lo que supone menor tesorería, y que para recuperarlo habrá que solicitarlo teniendo la seguridad social un plazo de dos meses desde la solicitud (en teoría). En las últimas conferencias realizadas por la seguridad social se está hablando de devoluciones antes del 30 de abril del año siguiente.